26/12/2024 - Edición Nº3199

Municipios

Legislatura

Senadores del PRO buscan que en los municipios haya un procedimiento de transición previsible

25/10/2024 17:06 | Los senadores del PRO bonaerense, Marcelo Leguizamón, Aldana Ahumada, y Alejandro Rabinovich, impulsan una modificación en la Ley Orgánica de las Municipalidades para regular el proceso de transición gubernamental en los municipios.


por Redacción


Un problema recurrente ocurre cada vez que un gobierno municipal cambia de signo político en cuanto a la transición, situación que termina afectando la calidad de vida de los vecinos.

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto-Ley 6769/1958, es la que regula todas las cuestiones vinculadas con los municipios, y en ese sentido, los senadores del PRO, Marcelo Leguizamón, Aldana Ahumada y Alejandro Rabinovich, presentaron un proyecto para ordenar la situación.

Entre otras cosas, buscan establecer la obligatoriedad para que el intendente saliente y su equipo cooperen inmediatamente con las autoridades electas en cuanto a la transición, mediante el otorgamiento de toda la información financiera, económica, administrativa y operativa del municipio.

En tanto, se propone crear un Comité de Transición Municipal que estará formado por tres funcionarios del gobierno saliente, y tres representantes del intendente electo, más la supervisión de un miembro del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.

La transición comenzará en el momento en que el intendente electo reciba el certificado definitivo de escrutinio por parte de la Justicia Electoral, y finalizará diez días después de que asuma el nuevo gobierno.

Asimismo, el intendente saliente deberá presentar un informe al Comité de Transición Municipal diez días antes de la asunción de las nuevas autoridades con amplia información sobre nómina de autoridades, personal de planta permanente y transitoria así como modalidades de contratación, ejecución presupuestaria del último año hasta el 10 de diciembre de cada una de las secretarías, informes de las últimas auditorías internas, inventario, situación de licitaciones públicas, depósitos y disponibilidades financieras, entre otras cuestiones.

En tanto, el intendente entrante deberá presentar al Concejo Deliberante un informe de situación dentro de los noventa días posteriores.

Durante el proceso de transición se deberá garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales evitando cualquier inconveniente a la población.